Modelo 200 del Impuesto de Sociedades
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¿Si debiendo garantizar la deuda no puede presentarse compromiso de aval bancario ni certificado de seguro de caución, cómo puede justificarse esta circunstancia?
Respuesta
Además de una declaración responsable sobre la imposibilidad de obtener compromiso de aval bancario o certificado de seguro de caución, deberán justificarse las gestiones efectuadas para su obtención, considerando suficiente a tal efecto los certificados emitidos por las entidades de crédito o caución con las que habitualmente opere el obligado al pago.
Normativa
* Artículo 46 Real Decreto 939 / 2005 , de 29 de julio de 2005 por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación .
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