Gastos Judicial Deducible de Los Rendimientos de Capital Inmobiliario

Los gastos judiciales relacionados con los rendimientos de capital inmobiliario son aquellos que se puedan originar por litigios o conflictos relativos a la propiedad o el alquiler de un inmueble que forme parte del patrimonio del contribuyente. En la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España, estos gastos son considerados como deducibles siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.

En segundo lugar, los gastos judiciales deben estar debidamente justificados y haber sido abonados por el contribuyente. Esto significa que deben existir facturas o recibos que acrediten el gasto en cuestión y que sean emitidos a nombre del contribuyente. Además, estos gastos deben ser necesarios para la defensa de los intereses del contribuyente en el litigio o conflicto y deben haber sido correcta y legalmente realizados.


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