Art 85 Irpf Imputacion de Rentas Inmobiliarias

El artículo 85 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España se refiere a la imputación de rentas inmobiliarias, es decir, la obligación de declarar y tributar por los ingresos derivados de la posesión de inmuebles.

En términos generales, la imputación de rentas inmobiliarias se realiza por el periodo impositivo en el que los inmuebles estén a disposición del contribuyente, independientemente de que se haya producido o no un rendimiento efectivo. Además, se considera que el contribuyente ha obtenido estos rendimientos aunque el inmueble no esté a su nombre, siempre que tenga la facultad de disponer del mismo.

En definitiva, el artículo 85 del IRPF establece la obligación de declarar y tributar por los rendimientos derivados de la posesión de inmuebles, siendo necesario tener en cuenta las particularidades y excepciones que pueden aplicarse en cada caso.

art. 85 irpf | Art. 85 RIRPF

Somos el punto de encuentro para expertos en IRPF. ¿Consultas? Nuestro equipo te proporcionará todo el apoyo necesario para tu declaración.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *