Art. 8 Dps R-D- 1975/2008

El Artículo 8 del Real Decreto 1975/2008 se refiere al reglamento que regula el procedimiento para la devolución de ingresos indebidos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En concreto, este artículo establece el procedimiento a seguir en aquellos casos en los que se haya realizado un ingreso en exceso o indebido en concepto del IRPF por parte del contribuyente.

Por otro lado, el artículo también especifica que si la AEAT comprueba que el ingreso no era debido, se realizará la devolución de oficio siempre y cuando no haya solicitado previamente el contribuyente su devolución. En caso de que se haya solicitado previamente y se haya resuelto desfavorablemente, la AEAT deberá abonar intereses de demora correspondientes al período de tiempo transcurrido.


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