Casilla 85 Vinculación

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) nos explica la Casilla 85 Vinculación, a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2012.

Casilla 85 Vinculación

Importante: la casilla «Vinculación» es de cumplimentación obligatoria, salvo que se trate de hijos o descendientes comunes del primer declarante y del cónyuge o de personas vinculadas a ambos, primer declarante y cónyuge, por razón de tutela o acogimiento, en cuyo caso no deberá cumplimentarse esta casilla.
Cuando se hayan relacionado hijos u otros descendientes que lo sean sólo del contribuyente que figure como primer declarante o del contribuyente que figure como cónyuge, o bien personas vinculadas por razón de tutela o acogimiento solamente a uno de ambos, se consignará en la casilla «Vinculación» la clave numérica que corresponda de las que se indican a continuación:
Clave Vinculación :
1 Hijo o descendiente del primer declarante o persona vinculada únicamente al mismo por razón de tutela o acogimiento, siempre que, en el caso de hijos, éstos no convivan con el otro progenitor.
2 Hijo o descendiente del cónyuge o persona vinculada únicamente a éste por razón de tutela o acogimiento, siempre que, en el caso de
hijos, éstos no convivan con el otro progenitor.
3 Hijo del primer declarante cuando dicho hijo también conviva con el otro progenitor, incluidos los supuestos de guarda y custodia
compartida entre ambos progenitores.
Se consignará igualmente esta clave cuando se trate de hijos del primer declarante que también hayan convivido con el otro progenitor
hasta la fecha del fallecimiento de éste en el ejercicio 2012.
4 Hijo del cónyuge cuando dicho hijo también conviva con el otro progenitor, incluidos los supuestos de guarda y custodia compartida entre ambos progenitores.
Se consignará igualmente esta clave cuando se trate de hijos del cónyuge que también hayan convivido con el otro progenitor hasta la
fecha del fallecimiento de éste en el ejercicio 2012.

Enlace | Casilla 85 Vinculación


Si buscas la autoridad en temas de IRPF, has llegado al lugar indicado. ¿Alguna pregunta? Estamos aquí para asistirte en la preparación de tu declaración."

2 comentarios

  1. Hola, una duda al respecto de mi situación. Mi expareja y yo no estamos casados ni como pareja de hecho, y en 2015 dejamos de vivir juntos. No tenemos firmado ningun acuerdo de custodia aun, y nos repartimos al niño, aunque pasa mas tiempo en su casa que en la mía, y está empadronado con ella. Debo marcar 3-3 en las casillas 85 y 86? Muchas gracias.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *