Recargo de Equivalencia Gasto Soportado Deducible

El sistema de recargo de equivalencia en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España es un régimen especial que afecta principalmente a los empresarios minoristas que ejercen actividades de venta al detalle, como por ejemplo, comercios de ropa, establecimientos de alimentación, entre otros.

Sin embargo, en el caso de los gastos generados por la actividad empresarial, el recargo de equivalencia permite al empresario minorista recuperar el IVA soportado en la compra de bienes y servicios para su negocio. Esto se conoce como «gasto soportado deducible».

En resumen, el recargo de equivalencia en el IRPF en España permite a los empresarios minoristas pagar una cuota fija del IVA repercutido en lugar de declarar y pagar el IVA por separado, pero a la vez les permite recuperar el IVA soportado en sus gastos empresariales. Se trata de un régimen especial que puede resultar beneficioso para ciertos tipos de empresarios, pero es importante consultar con un experto en la materia para determinar cuál es la mejor opción para cada negocio.

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