"sin Establecimiento Permanente"

«Sin establecimiento permanente» es un término utilizado en el ámbito tributario para referirse a una situación en la que una empresa o persona física no tiene una sede, sucursal o establecimiento físico en un determinado país o territorio, pero realiza actividades económicas o comerciales en ese lugar.

En España, por ejemplo, si una empresa extranjera realiza ventas o presta servicios en el país sin tener una sede permanente, no estará sujeta al impuesto de sociedades, ya que este solo se aplica a aquellas empresas que tienen una presencia física en el territorio español. Sin embargo, sí deberá pagar impuestos sobre los beneficios obtenidos en España a través de un impuesto especial conocido como «impuesto sobre la renta de no residentes».


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