Fiscalidad Cobro de Seguro de Invalidez

La fiscalidad del cobro de un seguro de invalidez en España está sujeta a las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En primer lugar, es importante diferenciar entre las prestaciones públicas y las prestaciones privadas.

Por otro lado, las prestaciones privadas, es decir, aquellas otorgadas por una compañía aseguradora, pueden tener una fiscalidad diferente dependiendo del tipo de seguro y de sus características. En este caso, la principal cuestión a tener en cuenta es si el beneficiario ha sido el que ha abonado las primas del seguro o si ha sido una empresa o entidad como parte de una política de protección social para sus empleados.

Además, en caso de que el beneficiario sea una persona con discapacidad reconocida, puede disfrutar de ciertas ventajas fiscales, como una reducción en la base imponible del IRPF, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se aplique la correspondiente reserva para personas con discapacidad en la declaración de la renta.


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