En España, existen una serie de beneficios fiscales para aquellos contribuyentes que realicen donaciones y aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad en el marco de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
En cuanto a la deducción, la cuantía máxima de la base de la deducción será de 10.000 euros anuales en la suma de las donaciones y aportaciones, siempre y cuando se trate de un plan de previsión social que cubra la discapacidad de la persona beneficiaria. Además, estas donaciones y aportaciones deben estar destinadas a la cobertura de gastos para el mantenimiento de las personas con discapacidad, tales como tratamientos médicos, educativos o de rehabilitación.
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