Desgrava un Entierro
Entre los gastos que pueden ser deducidos se encuentran los relacionados con la adquisición del terreno en el que se ubica la sepultura, el coste del ataúd y los servicios funerarios, el alquiler de la capilla ardiente, los gastos de traslado del cuerpo y el pago de los derechos de enterramiento, entre otros. También es posible desgravar los gastos que se hayan generado en la repatriación del cadáver, en casos en los que el fallecimiento haya ocurrido en el extranjero.
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