Consulta Vinculante de la Direccion General de Tributos V 1500-2009 de 22 de Junio de 2009

La Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V 1500-2009 de 22 de junio de 2009 se refiere a la tributación de la indemnización por despido de un trabajador en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Además, la consulta también aclara que las indemnizaciones por despido procedentes de despidos improcedentes están exentas en su totalidad, independientemente de la cantidad percibida.

En resumen, la Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V 1500-2009 de 22 de junio de 2009 clarifica los límites y exenciones en la tributación de las indemnizaciones por despido en el IRPF, dependiendo de la naturaleza del despido y del tipo de contrato del trabajador.

consulta vinculante de la d.g.t. v 1500 - 2009 , de 22 de junio de 2009 | direccion general de tributos v 1500-2009 de 22 de junio | consulta vinculante 1500 2009 | "consulta vinculante de la d.g.t. v 1500 - 2009 , de 22 de junio de 2009" | Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1500 - 2009 , de 22 de junio de 2009 | d.g.t. v 1500 - 2009 , de 22 de junio de 2009 | consulta vinculante de la direccion general de tributos v 1500 - 2009 , de 22 de junio de 2009 | consulta vinculante de la d.g.t. v 1500 - 2009 , de 22 de junio de 2009 | consulta vinculante dgt v 1500 - 2009 de 22 de junio | CONSULTA VINCULANTE DGT V1500-09 | consulta vinculante de la dgt 1500-2009 | consulta vinculante de la dgt v 1500-2009 de 22/6/2009 | consulta vinculante DGT V 1500-2009, 22 JUNIO 2009 | consulta vinculante 1500-2009 | consulta vinculante de la dgt v 1500-2009,de 22 de junio de 2009 | vinculante dgt v 1500-2009 | Consulta vinculante DGT 1500 2009 | consulta vinculante direccion general/de/tributos/v2936-11 | Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2243 - 2012 de 22 de noviembre de 2012 | Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0325 - 2006 de 21 de febrero de 2006

Si buscas la autoridad en temas de IRPF, has llegado al lugar indicado. ¿Alguna pregunta? Estamos aquí para asistirte en la preparación de tu declaración."

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *