Art. 24.6 Ley Irnr

El artículo 24.6 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) de España establece un régimen especial para aquellos contribuyentes que obtengan rentas procedentes de países con los que España tenga suscrito un Convenio para evitar la doble imposición internacional. Esto se denomina «régimen de exención por reinversión de beneficios».

En caso de que la reinversión no sea total, se establece un límite de exención del 85% de los beneficios obtenidos. Además, se establecen ciertas limitaciones sobre los tipos de rentas que pueden ser exentas, excluyendo, por ejemplo, los intereses, rentas de capitales mobiliarios o dividendos de acciones.

En resumen, el artículo 24.6 de la Ley del IRNR permite a los contribuyentes obtener una exención de impuestos sobre los beneficios obtenidos en España, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se reinviertan en el país. Este régimen busca evitar la doble imposición internacional y fomentar la inversión extranjera en España.


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