Aportaciones a Mutualidades de Prevision Social del Propio Empresario

Las aportaciones a mutualidades de previsión social del propio empresario son una forma de ahorro y previsión complementaria a la Seguridad Social. Estas mutualidades son entidades sin ánimo de lucro en las que los propios empresarios y trabajadores pueden unirse para aportar una cantidad de dinero periódicamente y así garantizar una jubilación o prestaciones en caso de invalidez.

Además, para que las aportaciones sean deducibles en la renta, deben ser realizadas por el propio empresario, no por su empresa. Estas aportaciones serán consideradas gastos deducibles en la declaración del IRPF, siempre y cuando no superen el límite del 30% de los rendimientos del trabajo o de actividades profesionales obtenidos en el ejercicio fiscal en cuestión. Sin embargo, esta limitación no se aplicará si el empresario aporta a una mutualidad de previsión social para proporcionarse una jubilación o incapacidad laboral. En este caso, se aplicará un límite de 8.000 euros anuales en las aportaciones.


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