Agenciatributaria Gastos Guarderia

La Agencia Tributaria de España permite a los contribuyentes deducir los gastos de guardería en su declaración de la renta, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Estos gastos pueden ser deducidos tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR).

El límite máximo que se puede deducir por gastos de guardería es de 1.000 euros al año por cada hijo o menor a cargo. Este límite se reduce a 500 euros si el hijo ha estado inscrito en la guardería solo durante la mitad del año. También es importante tener en cuenta que estos gastos no se pueden deducir si ya han sido incluidos en la deducción por maternidad.

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