Cómo gestionar las deducciones por alquiler de vivienda cuando eres inquilino o propietario

Gestionar las Deducciones por Alquiler de Vivienda: Una Guía para Inquilinos y Propietarios

Deducciones por alquiler de vivienda: ¿Qué son y quiénes pueden beneficiarse de ellas?

Las deducciones por alquiler de vivienda son beneficios fiscales que permiten a los contribuyentes deducir una parte del importe pagado en concepto de alquiler de su vivienda habitual en la declaración de la renta. Este tipo de deducciones suelen ser aplicables tanto a inquilinos como a propietarios, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.

En el caso de los inquilinos, podrán beneficiarse de estas deducciones aquellos que tengan un contrato de alquiler de vivienda formalizado, mientras que los propietarios que alquilan una vivienda deberán estar dados de alta en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y presentar declaraciones trimestrales.

Además, es importante tener en cuenta que estas deducciones pueden variar según la Comunidad Autónoma en la que se resida, por lo que es fundamental informarse sobre las normativas específicas de cada región.

A continuación, repasaremos los puntos clave que tanto inquilinos como propietarios deben tener en cuenta a la hora de gestionar y aplicar las deducciones por alquiler de vivienda en su declaración de la renta.

  • Alquileres anteriores al año 2015
  • Alquileres posteriores al año 2015

Alquileres anteriores al año 2015

Antes del año 2015, los inquilinos podían beneficiarse de una deducción estatal del 10,05% sobre el importe total pagado en concepto de alquiler de su vivienda habitual, siempre y cuando no superara los 9.040 euros anuales. Sin embargo, a partir de ese año esta deducción fue eliminada, quedando solo un régimen transitorio para aquellos contratos de alquiler formalizados antes del 1 de enero de 2015.

Por lo tanto, si tienes un contrato de alquiler anterior al año 2015, podrás deducirte el 10,05% del importe pagado durante ese periodo en tu declaración de la renta anual. Esta deducción seguirá aplicándose hasta que termine el contrato de alquiler o hasta el año 2020, cuando finalice el régimen transitorio.

Alquileres posteriores al año 2015

Para los contratos de alquiler formalizados a partir del 1 de enero de 2015, las deducciones por alquiler de vivienda han sido sustituidas por el Programa de Ayudas al Alquiler de Viviendas. Este programa consiste en una ayuda directa a los inquilinos, con un límite máximo de 600 euros al año, para aquellos que cumplan con ciertos requisitos de renta y número de miembros en la unidad familiar.

Para poder optar a esta ayuda, es necesario que el contrato de alquiler esté inscrito en el Registro de Contratos de Arrendamiento de Vivienda, y que la vivienda sea la residencia habitual y permanente del inquilino. Además, como mencionamos previamente, esta ayuda puede variar según la Comunidad Autónoma en la que se resida, por lo que será necesario informarse sobre las condiciones específicas de cada región.

Deducciones para inquilinos: qué gastos pueden ser deducibles

Además de las deducciones por el alquiler de vivienda, existen otros gastos que los inquilinos pueden incluir en su declaración de la renta y que pueden ser deducibles. A continuación, mencionaremos algunos de ellos:

Gastos de comunidad

Los gastos de comunidad, es decir, los gastos de mantenimiento y conservación del edificio en el que se encuentra la vivienda alquilada, pueden ser deducibles en la declaración de la renta. Para ello, es necesario que el importe de estos gastos venga especificado en el contrato de alquiler o en un documento a parte, y que se justifique su pago mediante recibos o facturas.

Tasas e impuestos municipales

En algunos casos, el inquilino puede hacerse cargo del pago de ciertos impuestos o tasas municipales, como por ejemplo el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o el Impuesto sobre la Recogida de Basuras. Estos gastos pueden ser deducibles siempre y cuando estén incluidos en el contrato de alquiler y se justifique su pago.

Gastos por mejoras en la vivienda

Si el inquilino realiza mejoras en la vivienda que están autorizadas por el propietario y que se reflejan en un documento legal válido, como un contrato de obra o un presupuesto, estos gastos también podrán ser deducibles en la declaración de la renta.

Es importante destacar que todos estos gastos deben estar debidamente justificados y documentados para poder ser incluidos en la declaración de la renta. Además, es recomendable que los inquilinos conserven toda esta documentación al menos durante cuatro años por si fuera necesario presentarla en caso de una inspección por parte de la Agencia Tributaria.

Deducciones para propietarios: cómo gestionarlas y aplicarlas en la declaración de la renta

Los propietarios de una vivienda destinada al alquiler también pueden beneficiarse de deducciones en su declaración de la renta anual. Las condiciones y requisitos para poder aplicar estas deducciones pueden variar según la Comunidad Autónoma, por lo que es fundamental informarse sobre las normativas específicas de cada región.

A continuación, mencionaremos algunas de las deducciones más comunes a las que pueden optar los propietarios de viviendas en alquiler:

Gastos de reparación y mantenimiento

Los gastos derivados de reparaciones y mantenimiento de la vivienda, siempre y cuando estén destinados a mantener o mejorar su estado y no a ampliarla o construir una nueva, pueden ser deducidos en la declaración de la renta. Es necesario que estos gastos estén debidamente justificados y documentados con facturas o recibos.

Intereses de préstamos hipotecarios

En caso de que el propietario haya adquirido la vivienda mediante un préstamo hipotecario, los intereses anuales pagados por ese préstamo también podrán ser deducidos en la declaración de la renta. Es importante destacar que esta deducción solo será aplicable en el caso de que la vivienda sea alquilada como residencia habitual y permanente.

Gastos de gestión y administración

Los gastos de gestión y administración, como pueden ser los honorarios de una agencia inmobiliaria, también pueden ser deducibles en la declaración de la renta de los propietarios. Para ello, deberán estar debidamente documentados y justificados, y serán deducibles en la parte proporcional correspondiente a la gestión del alquiler.

En este caso, al igual que en el de los inquilinos, es recomendable conservar toda la documentación relacionada con estos gastos para presentarla en caso de una inspección.

Conclusiones: cómo gestionar eficientemente las deducciones por alquiler de vivienda

A lo largo de este artículo hemos repasado las diferentes deducciones por alquiler de vivienda a las que pueden optar tanto inquilinos como propietarios en su declaración de la renta. Es importante recordar que estas deducciones pueden variar según la Comunidad Autónoma en la que se resida y que es fundamental informarse sobre las normativas específicas de cada región.

Además, es necesario tener en cuenta que tanto inquilinos como propietarios deberán conservar toda la documentación relacionada con los gastos deducibles para presentarla en caso de una inspección por parte de la Agencia Tributaria. Por lo tanto, es recomendable guardar facturas, recibos y cualquier otro documento que justifique los gastos deducibles durante al menos cuatro años.

En resumen, gestionar adecuadamente las deducciones por alquiler de vivienda puede ayudar a reducir la carga fiscal de inquilinos y propietarios, siempre y cuando se cumplan con los requisitos y se justifiquen debidamente los gastos en la declaración de la renta. En caso de duda, siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal o acudir a la Agencia Tributaria.


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