Casilla 629: Personas con derecho al mínimo por ascendiente

¿Qué es la Casilla 629?

La Casilla 629 se refiere a una de las secciones del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España. Esta casilla en particular se refiere a las personas con derecho al mínimo por ascendiente. En resumen, se trata de un beneficio fiscal que se otorga a aquellos contribuyentes que tienen a su cargo descendientes (hijos, nietos, hermanos, etc.) que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley.

Requisitos para acceder al mínimo por ascendiente

Para poder aplicar el mínimo por ascendiente en la declaración de la renta, es necesario cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, es necesario que el ascendiente (padre, madre, abuelo, etc.) sea mayor de 65 años o esté incapacitado para trabajar. En segundo lugar, es necesario que la persona a cargo del ascendiente no tenga unos ingresos superiores a 8.000 euros anuales, excluyendo las pagas extraordinarias.

Otro requisito importante es que el ascendiente debe convivir con la persona que lo tiene a cargo durante al menos seis meses al año. En el caso de que este plazo no se cumpla, el importe del mínimo por ascendiente se verá reducido proporcionalmente.

Beneficios del mínimo por ascendiente

El principal beneficio del mínimo por ascendiente es que permite reducir la base imponible del impuesto, lo que se traduce en un menor pago de impuestos. Esto es especialmente beneficioso para familias con bajos ingresos, ya que les permite tener un alivio fiscal en su declaración de la renta.

Por otro lado, también es importante tener en cuenta que el mínimo por ascendiente puede ser aplicado tanto en la declaración individual como en la declaración conjunta de la renta, lo que permite elegir la opción más beneficiosa para cada contribuyente.

¿Cómo solicitar el mínimo por ascendiente?

Para poder aplicar el mínimo por ascendiente en la declaración de la renta, es necesario marcar la casilla correspondiente (629) en el modelo de declaración y cumplir con los requisitos mencionados anteriormente.

En cuanto a los documentos necesarios para poder solicitar el mínimo por ascendiente, es necesario aportar un certificado de empadronamiento que demuestre que el ascendiente ha convivido con la persona a cargo durante al menos seis meses al año. También puede ser necesario aportar documentación que acredite la edad o la incapacidad del ascendiente.


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