Exentos de Presentar el Modelo 347

El Modelo 347 es una declaración anual de operaciones con terceras personas que deben presentar los autónomos y empresas en España. Sin embargo, existen ciertos casos en los que una persona o empresa puede estar exenta de presentar esta declaración.

Otra situación en la que no es necesario presentar esta declaración es cuando todas las operaciones realizadas por el autónomo o empresa están sujetas a retención en el momento del pago. Es decir, si el destinatario de la operación está obligado a aplicar una retención, no será necesario incluir esa operación en el Modelo 347, ya que la retención se encargará de informar a la Agencia Tributaria.

En resumen, estarán exentos de presentar el Modelo 347 aquellos autónomos o empresas que no hayan superado un importe mínimo en operaciones con terceras personas, aquellos que hayan realizado operaciones sujetas a retención en el momento del pago, y aquellos que hayan realizado operaciones con entidades acogidas al régimen especial de agrupación de entidades fiscales.


Somos el punto de encuentro para expertos en IRPF. ¿Consultas? Nuestro equipo te proporcionará todo el apoyo necesario para tu declaración.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *