Deducibles Las Perdidas por Deterioro de Los Creditos Derivados de Posibles Insolvencias

Las perdidas por deterioro de los créditos derivados de posibles insolvencias son aquellas pérdidas que una empresa o individuo pueden sufrir debido a la insolvencia de uno o varios de sus deudores. En España, estas pérdidas se pueden deducir en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

En segundo lugar, para que las pérdidas por deterioro de créditos sean deducibles en el IRPF, es necesario que se cumplan varias condiciones. Por un lado, el crédito debe estar contabilizado como tal en la cuenta de resultados de la empresa o en la declaración del impuesto sobre el patrimonio de la persona física. Además, se requiere que exista una alta probabilidad de que el deudor no pueda cumplir con sus obligaciones de pago, ya sea por estar en situación de concurso de acreedores o por otros motivos.

En resumen, las pérdidas por deterioro de créditos derivados de posibles insolvencias son gastos deducibles en el IRPF siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos y se contabilicen correctamente en la declaración del impuesto. Es importante mantener un registro adecuado de los créditos y su situación de insolvencia para poder aplicar esta deducción de manera correcta.


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