La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos explica el Tratamiento de las circunstancias personales y familiares en el IRPF, con el objeto de mejorar la presentación de la Declaración de la Renta del ejercicio 2011.
Tratamiento de las circunstancias personales y familiares en el IRPF :
La parte de la renta destinada a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, que se concreta en el mínimo personal y familiar, no reduce la base imponible tal y como ocurría con la normativa anterior, sino que se tiene en cuenta en el momento del cálculo del impuesto, gravándose técnicamente a tipo cero. Con ello se consigue que los contribuyentes con iguales circunstancias personales y familiares logren el mismo ahorro fiscal, cualquiera que sea su nivel de renta.
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