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Tasa fiscal sobre el juego

La Tasa Fiscal sobre el juego grava la autorización,la celebración y organización de los juegos de suerte, envite o azar de los bingos.

Modelo a presentar :

El modelo fiscal es el 043.

Para la adquisición de cartones, los sujetos pasivos deberán enviar a la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego solicitud-liquidación de la Tasa Fiscal mediante copia del modelo 043 en el que conste la clase, cuantía y valor facial de los cartones que desean adquirir.

El modelo se puede presentar en las oficinas de la Agencia Tributaria o por internet a través de certificados digitales.

Sujeto Pasivo o contribuyentes:

Son sujetos pasivos los organizadores y las empresas cuyas actividades incluyan la celebración de juegos de suerte, envite o azar.

Base Imponible:

La base imponible del impuesto está constituida por los ingresos brutos que los casinos obtengan procedentes del juego, o las cantidades que los jugadores dediquen a su participación en los juegos que tengan lugar en los distintos locales, instalaciones o recintos donde se celebren juegos de suerte, envite o azar.

Cuota Tributaria:

Con carácter general se aplica el 25 %.

En los casino de 0 a 2000.000  el 20 %

de 2000.001 a 3.500.000 el 35 %

de 3.000. 0001a 5000.000 el 48 %

más de 5000.001 el 58 %

Enlace | Modelo 043 junta de Andalucia

Enlace |Modelo 043 AEAT

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