Actividades Prioritarias Mecenazgo

Las Actividades Prioritarias de Mecenazgo son aquellas que se encuentran incluidas en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. Estas actividades son consideradas de interés general y social, y por tanto, son objeto de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España.

– Actividades de carácter cultural y artístico, como la promoción de la música, teatro, danza, cine, patrimonio histórico o literatura.

– Actividades de bienestar social, como el apoyo a programas de atención a personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, programas de protección al menor, programas de asistencia a la tercera edad, entre otros.

– Actividades de cooperación al desarrollo, destinadas a promover la igualdad de oportunidades y el desarrollo económico y social de comunidades desfavorecidas.

– Actividades de promoción del voluntariado y fomento del asociacionismo.

– Actividades de defensa del medio ambiente y conservación de la naturaleza.

– Actividades de investigación científica y tecnológica.

– Actividades de promoción de la igualdad de género y lucha contra la discriminación.

En resumen, las Actividades Prioritarias de Mecenazgo están destinadas a promover el bienestar de la sociedad y la cultura en general, y agradecer a aquellos individuos que contribuyen económicamente a estas actividades mediante incentivos fiscales en el IRPF de España.


Si buscas la autoridad en temas de IRPF, has llegado al lugar indicado. ¿Alguna pregunta? Estamos aquí para asistirte en la preparación de tu declaración."

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *