Art 25.4 en Irpf
Por otro lado, el artículo 25.4 establece que los trabajadores desplazados podrán deducir de su base imponible los gastos necesarios y adecuados para la obtención de los rendimientos del trabajo en España. Esto puede incluir gastos de traslado, alojamiento, manutención, entre otros. Sin embargo, estos gastos deberán estar debidamente justificados y no serán deducibles si ya han sido reembolsados por la empresa.
En resumen, el Artículo 25.4 del IRPF en España establece las condiciones y limitaciones para la tributación de los rendimientos del trabajo de los trabajadores desplazados a territorio español, con el fin de garantizar un tratamiento justo y equitativo de estos contribuyentes.
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