Tributacion Venta Inmueble con Pago Aplazado por un no Residente

En España, la tributación por la venta de un inmueble con pago aplazado por un no residente se rige por las normativas establecidas en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). En este caso, el vendedor no residente debe declarar los ingresos obtenidos por la venta en el país donde está domiciliado fiscalmente y también en España, por tratarse de un bien ubicado en territorio español.

En cuanto a la tributación, el vendedor no residente deberá pagar el impuesto sobre la renta correspondiente al porcentaje que le corresponda del precio total de la venta según su tipo impositivo. Este impuesto se debe declarar en el plazo de un mes a partir de la fecha de la venta del inmueble y debe presentarse a través del modelo 210. En este caso, el tipo impositivo es del 19% sobre la ganancia patrimonial obtenida en la operación de venta.

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