Articulo 32.1 Ley 35/2006

El artículo 32.1 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es una norma que establece la obligación de tributar por los rendimientos del trabajo obtenidos por los contribuyentes. En este sentido, se consideran rendimientos del trabajo todas aquellas remuneraciones que reciban los trabajadores por el desempeño de su actividad laboral, ya sea en forma de sueldo, salario, prestaciones en especie, comisiones, entre otros.

Además, el artículo 32.1 de la Ley 35/2006 establece que los trabajadores tienen la obligación de presentar la Declaración de la Renta, y por tanto, liquidar y pagar el impuesto correspondiente sobre sus rendimientos del trabajo obtenidos durante el ejercicio fiscal.

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