Provisiones fiscalmente deducibles en modalidad normal

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica las Provisiones fiscalmente deducibles en modalidad normal , a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra la Declaración de la Renta 2011.

Provisiones fiscalmente deducibles en modalidad normal :

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, serán
deducibles por este concepto los siguientes gastos:
a) Los correspondientes a actuaciones medioambientales cuando se correspondan a un plan
formulado por el contribuyente y aceptado por la Administración tributaria.
b) Los gastos inherentes a los riesgos derivados de las garantías de reparación y revisión serán
deducibles hasta el importe necesario para determinar un saldo de la provisión no superior al
resultado de aplicar a las ventas con garantías vivas a la conclusión del período impositivo el
porcentaje determinado por la proporción en que se hubieran hallado los gastos realizados
para hacer frente a las garantías habidas en el período impositivo y en los dos anteriores en
relación a las ventas con garantías realizadas en dichos períodos impositivos.
Esta misma regla se aplicará a las dotaciones para la cobertura de gastos accesorios por devoluciones de ventas.
Las entidades de nueva creación también podrán deducir las dotaciones comentadas en la letra
b) anterior, mediante la fijación del porcentaje allí referido, respecto de los gastos y ventas
realizados en los períodos impositivos que hubieran transcurridos

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