Prestaciones en forma de capital derivadas de regímenes públicos de previsión social: reducción 40 por 100

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica las Prestaciones en forma de capital derivadas de regímenes públicos de previsión social: reducción 40 por 100, a fin y efecto de mejorar nuestra presentación de la Declaración de la Renta 2011.

Prestaciones en forma de capital derivadas de regímenes públicos de previsión social: reducción 40 por 100 :

Los contribuyentes podrán aplicar una reducción del 40 por 100 sobre las siguientes prestaciones, siempre que se perciban en forma de capital y consistan en una percepción de
pago único y hayan transcurrido más de dos años desde la primera aportación. El plazo de dos
años no resulta exigible en el caso de prestaciones por invalidez:
a) Las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social
y Clases Pasivas y demás prestaciones públicas no exentas por situaciones de incapacidad,
jubilación, accidente, enfermedad, viudedad o similares.
b) Las prestaciones percibidas por los beneficiarios de mutualidades generales obligatorias de
funcionarios, colegios de huérfanos y otras entidades similares.
En el caso de prestaciones mixtas, que combinen rentas de cualquier tipo con un único cobro
en forma de capital, la reducción referida sólo resultará aplicable al cobro efectuado en forma
de capital.

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