Periodo impositivo y devengo del Impuesto sobre Sociedades

La Agencia Tributaria nos explica el período impositivo y el devengo del Impuesto sobre Sociedades.

Período Impositivo y devengo del Impuesto sobre Sociedades :

El periodo impositivo al que se ha de referir la declaración del Impuesto sobre Sociedades, coincide con el ejercicio económico de cada entidad.
Aunque no haya finalizado el ejercicio económico, el periodo impositivo se entiende concluido en los siguientes casos:

a) Cuando la entidad se extinga Se entiende producida la extinción cuando tenga lugar el asiento de cancelación de la sociedad en el Registro mercantil.
b) Cuando tenga lugar un cambio de residencia de la entidad residente en territorio español al extranjero
c) Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la no sujeción al Impuesto sobre Sociedades de la entidad resultante.
d) Cuando se produzca la transformación de la forma jurídica de la entidad y ello determine la modificación de su tipo de gravamen o la aplicación de un régimen tributario especial

En ningún caso, el periodo impositivo puede exceder de doce meses Por lo que se refiere al devengo, el Impuesto sobre Sociedades se devenga el último día del periodo impositivo.

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