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Home Renta 2015

Pareja de hecho en la Declaración de la Renta

RENOVAR PAPELES
11 de mayo de 2021
Renta 2015, Renta 2016
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La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone brevemente el tema de la Pareja de hecho en la Declaración de la Renta.

Pareja de hecho en la Declaración de la Renta

Estar casado y ser pareja de hecho no es lo mismo, al menos a los ojos de Hacienda. Ahora que ha llegado la gran cita con la Agencia Tributaria, es necesario saber que los cambios de estatus civil no tienen todos el mismo peso en cuanto a fiscalidad: únicamente los matrimonios tienen derecho a presentar la declaración de la renta de forma conjunta. Esta posibilidad, conveniente solo en determinados supuestos, no está contemplada para las uniones civiles. Si hay hijos de por medio, la tributación puede ser conjunta, pero no de toda la familia, sino de uno de los progenitores con sus hijos.

“La unidad familiar condiciona la posibilidad de hacer la declaración conjunta, y para el IRPF solo son unidad familiar los cónyuges no separados legalmente y sus hijos, o uno de los progenitores más la totalidad de sus hijos que convivan con él.

La normativa fiscal no reconoce a las parejas de hecho como unidad familiar, y tampoco a las parejas que conviven sin ningún vínculo: es como si no hubiera relación alguna entre los dos, lo que implica que la única opción disponible es hacer la declaración de manera individual. Lo que sí está contemplado, en el caso de tener hijos, es hacer la declaración conjuntamente con ellos, pero solo uno de los padres puede imputarse a los hijos menores que tenga en común con su pareja.

A efectos del IRPF, el núcleo conformado por un progenitor y sus hijos es el segundo y último tipo de unidad familiar que existe, y se asimila a la familia monoparental. En el caso de las parejas de hecho que tengan un hijo en común, sin embargo, no se aplica la reducción por tributación conjunta de este tipo de unidad familiar —que sería de 2.150 euros— si el contribuyente convive con el padre o la madre de alguno de los hijos de la unidad familiar. El mínimo familiar por hijo, por otro lado, sí funciona con los mismos porcentajes contemplados para los matrimonios. “Aunque muchas veces no hay beneficio por hacer la declaración conjunta, hay discriminación para las parejas de hecho, ya que no se les está dando el mismo tratamiento de un matrimonio”

Enlace | Pareja de hecho en la Declaración de la Renta

Etiquetas: PAREJAS DE HECHO AEAT

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