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Modelo 111: IRPF Retenciones y Pagos a Cuentas de Rendimientos del Trabajo y Actividades Economicas

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos explica el Modelo 111: IRPF Retenciones y Pagos a Cuentas de Rendimientos del Trabajo y Actividades Economicas, a fin y efecto de mejorar la presentación del IRPF.

 

Modelo 111: IRPF Retenciones y Pagos a Cuentas de Rendimientos del Trabajo y Actividades Economicas :

El modelo 111 sustituye al 110 , usándose en las declaraciones mensuales que debían realizar las Grandes Empresas. Con este cambio, todos los contribuyentes obligados a declarar el modelo 110, deberán presentar el nuevo modelo 2011, independientemente de que sean considerados grandes empresas o no, e independientemente de que declaren mensualmente o trimestralmente.

El modelo no distingue entre empresario, profesional o sociedad,es decir si se cumplen los requisitos debe presentarse sin más.

Hechos imponibles en el modelo 111 :

Para el modelo 111, es el haber pagado durante el trimestre o mes  correspondiente (será mensual si somos una Gran Empresa y trimestral para el resto de mortales) al modelo, rentas ya sea en dinero o en especie «no vale en carne» que lleven retención o ingreso a cuenta y que sean alguna de estas:
1. Rendimientos de trabajo, es decir pago de las nóminas.
2. Rendimientos de actividades económicas, siempre que sean alguna de estas:
  • Actividades profesionales, por ejemplo a un asesor.
  • Actividades agrícolas y ganaderas.
  • Actividades forestales.
  • Actividades empresariales en estimación objetiva. (módulos). Hay que recordar que desde el 21 de abril de 2007 hay una serie de actividades en módulos que están obligadas a retener el 1%.
  • Propiedad intelectual, industrial, minas…
  • Premios de participación en juegos, concursos, rifas…
  • Ganancia

Enlace | Modelo 111: IRPF Retenciones y Pagos a Cuentas de Rendimientos del Trabajo y Actividades Economicas


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