BLOGRENTA
  • INICIO
  • RENTA
    • Renta 2019
    • Renta 2018
    • Renta 2017
    • Renta 2016
    • Renta 2015
    • Renta 2014
    • Renta 2013
    • Renta 2012
    • Renta 2011
    • Renta 2010
    • Renta 2009
  • AEAT.ES
    • CITA PREVIA
    • DATOS FISCALES
    • BORRADOR
  • CONTACTAR
Sin resultados
Ver todos los resultados
BLOGRENTA
  • INICIO
  • RENTA
    • Renta 2019
    • Renta 2018
    • Renta 2017
    • Renta 2016
    • Renta 2015
    • Renta 2014
    • Renta 2013
    • Renta 2012
    • Renta 2011
    • Renta 2010
    • Renta 2009
  • AEAT.ES
    • CITA PREVIA
    • DATOS FISCALES
    • BORRADOR
  • CONTACTAR
Sin resultados
Ver todos los resultados
BLOGRENTA
Sin resultados
Ver todos los resultados
Home Renta 2010

Imputación de rentas de las agrupaciones de interés económico españolas y europeas,y de uniones temporales de empresas

por Paulino Aguilera
30 de junio de 2011
en Renta 2010
0

La Agencia Tributaria nos explica la Imputación de rentas de las agrupaciones de interés económico españolas y europeas,y de uniones temporales de empresas, para efectuar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Imputación de rentas de las agrupaciones de interés económico españolas y europeas,y de uniones temporales de empresas :

Las especialidades de este régimen especial de imputación fiscal son las siguientes:
a) Las entidades a las que resulta aplicable este régimen no tributan por el Impuesto sobre Sociedades por la parte de base imponible correspondiente a los socios residentes en territorio español.
b) La imputación a los socios residentes en territorio español comprende los siguientes conceptos:
-Las bases imponibles, positivas o negativas, obtenidas por estas entidades. Las bases imponibles negativas que imputen a sus socios no serán compensables por la entidad que las obtuvo.
-Las deducciones y bonificaciones en la cuota a las que tenga derecho la entidad. Las bases de las deducciones y bonificaciones se integrarán en la liquidación de los socios, minorando la cuota según las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o del Impuesto sobre Sociedades(IS) según que el socio sea sujeto pasivo o contribuyente, respectivamente,de los citados impuestos.
-Las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a la entidad. c

c) Las imputaciones de los conceptos anteriormente comentados se efectuarán de acuerdo con los siguientes criterios:
– Cuando los socios o empresas miembros sean entidades sometidas a este régimen, en la fecha de cierre del ejercicio de la entidad sometida a este régimen.

-En los demás supuestos, en el siguiente período impositivo, salvo que se decida hacerlo de manera continuada en la misma fecha de cierre del ejercicio de la entidad sometida a este régimen. La opción se manifestará en la primera declaración del impuesto en que haya de surtir efecto y se mantendrá durante tres años.

d) Los dividendos y participaciones en beneficios que correspondan a socios que deban soportar la imputación y procedan de períodos impositivos durante los cuales la entidad se hallase en el presente régimen, no tributarán por el IRPF ni por el Impuesto sobre Sociedades. Su importe no se integrará en el valor de adquisición de las participaciones de los socios.

Enlace | Imputación de rentas de las agrupaciones de interés económico españolas y europeas,y de uniones temporales de empresas

Anterior

Obligaciones a cargo de la entidad en régimen de atribución de rentas

Siguiente

Periodo impositivo y devengo del Impuesto sobre Sociedades

Artículos Relacionados

www.agenciatributaria.es Listado de servicios Renta 2011

por Blogrenta
9 de mayo de 2012
0

La página web de la Angencia Tributaria, disponible en www.agenciatributaria.es, ha ampliado sus servicios disponibles para la Renta 2011. Estos son...

Fecha tope para la confirmación o suscripción del borrador en caso de domiciliación en cuenta

por Paulino Aguilera
20 de abril de 2012
2

La La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) , nos explica la Fecha tope para la confirmación o suscripción del borrador en...

Borrador por correo ordinario

por Paulino Aguilera
17 de abril de 2012
0

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos explica en que casos podemos obtener el borrador por correo ordinario,a fin...

Siguiente

Periodo impositivo y devengo del Impuesto sobre Sociedades

Modificaciones de las obligaciones formales

cómo practicar las retenciones en los rendimientos del trabajo para el ejercicio 2012

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Facebook

Facebook

Twitter

Tweets por el @renovarpapeles.
BLOGRENTA

© 2009-2020. Blogrenta es un weblog sobre novedades, dudas y consejos para realizar la declaración de Renta. Información sobre Cita Previa Hacienda. Confirmar Borrador de Renta.

Contacta

  • Publicidad
  • Aviso Legal
  • Contactar

Síguenos

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • INICIO
  • RENTA
    • Renta 2019
    • Renta 2018
    • Renta 2017
    • Renta 2016
    • Renta 2015
    • Renta 2014
    • Renta 2013
    • Renta 2012
    • Renta 2011
    • Renta 2010
    • Renta 2009
  • AEAT.ES
    • CITA PREVIA
    • DATOS FISCALES
    • BORRADOR
  • CONTACTAR

© 2009-2020. Blogrenta es un weblog sobre novedades, dudas y consejos para realizar la declaración de Renta. Información sobre Cita Previa Hacienda. Confirmar Borrador de Renta.

Las cookies de este sitio web se usan para personalizar el contenido y los anuncios ACEPTAR Leer más
Privacy & Cookies Policy

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these cookies, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may have an effect on your browsing experience.
Necesarias
Siempre activado

Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.

No necesarias

Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.