Gastos fiscalmente deducibles

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica los Gastos fiscalmente deducibles , a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra la Declaración de la Renta 2011.

Gastos fiscalmente deducibles :

Tienen la consideración fiscal de deducibles son los siguientes:

  •  Que estén vinculados a la actividad económica desarrollada. Es decir, que sean propios de la actividad.
  •  Que se encuentren convenientemente justificados.
  •  Que se hallen registrados en la contabilidad o en los libros-registro que con carácter obligatorio deben llevar los contribuyentes que desarrollen actividades económicas.

La declaración de los gastos deducibles se efectuará agrupando los que, habiéndose producido
en el desarrollo de la actividad, tengan la consideración de fiscalmente deducibles. Dicha
agrupación se realizará con arreglo a la s rúbricas que figuran en el impreso de declaración

Aquellos gastos deducibles que no aparezcan expresamente recogidos en dichas rúbricas, se reflejarán en la correspondiente a “Otros gastos fiscalmente deducibles (excepto provisiones)”.

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