Estimación directa simplificada

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica la Estimación directa simplificada, a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2011.

Estimación directa simplificada :

La modalidad simplificada del método de estimación directa tiene carácter voluntario, por lo
que el contribuyente puede renunciar a su aplicación. En ausencia de renuncia, esta modalidad
debe aplicarse en el ejercicio 2011 para la determinación del rendimiento neto de todas las
actividades económicas desarrolladas por el contribuyente, siempre que:

  • No determine el rendimiento neto de todas sus actividades por el método de estimación objetiva.
  • El importe neto de la cifra de negocios del año anterior, correspondiente al conjunto de las actividades desarrolladas por el contribuyente, no supere los 600.000 euros anuales.
  • Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado la actividad, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año, a estos únicos efectos.
  • Cuando en el año inmediato anterior no se hubiese ejercido actividad alguna, se determinará el rendimiento por esta modalidad, salvo que se renuncie a la misma en los términos que más adelante se comentan.
  • Ninguna actividad desarrollada por el contribuyente se encuentre en la modalidad normal del método de estimación directa.

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