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Domiciliación bancaria del pago

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos expone brevemente la Domiciliación bancaria del pago.

Domiciliación bancaria del pago

Los contribuyentes podrán efectuar la domiciliación bancaria de la deuda tributaria resultante de la declaración del IRPF con sujeción a los siguientes requisitos y condiciones.
Ámbito de aplicación de la domiciliación bancaria
Únicamente podrán efectuar la domiciliación bancaria:

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