Renta 2012: Dividendos

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica el tratamiento de los Diviendos, a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2012.

Dividendos

Los Dividendos se integrarán dentro de la base imponible del ahorro en los periodos impositivos de 2013 y 2013 y habrá una exención de gravamen hasta 1.500 euros anuales por el conjunto de dividendos percibidos en el ejercicio.

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5 comentarios

  1. Todos los años pido el borrador y me lo hacen y lo confimo. Este año dicen que no me lo pueden hacer por «obtener rendimientos de capital mobiliario no sujeto a retención o ingreso a cuenta». No he vendio acciones ni he hecho algo diferente a lo que hago otros años y siempre me la habian hecho.
    Lo único raro es un tipo de dividendo extraordinario de Ebro Food que la empresa explica «En el caso de aquellos accionistas sujetos a retención con arreglo al tipo general previsto en la normativa tributaria vigente el 11 de diciembre de 2012 (“Fecha de la Entrega”), se ingresará dicha cantidad en la Hacienda Pública en concepto de retención e ingreso a cuenta el próximo 2 1 de enero de 2013, de tal forma que la entrega del dividendo en especie sea fiscalmente neutra para esta clase de accionistas, evitando así que tengan que tributar con cargo a su pat rimonio preexistente por esta entrega de acciones.» O sea que ellos pagarán la retención de ese dividendo el año que viene y Hacienda nadie se lo ha pagado.

    ¿Sabeis como se declara esto a Hacienda y en que casilla?

    Gracias.

  2. Hola, te adjunto una explicación más sobre el tema de los dividendos y espero que sea útil.

    saludos

    Pau

    DIVIDENDOS:

    La fiscalidad de los dividendos es la misma excepto para los primeros 1.500€ que están exentos siempre que mantengas las acciones dos meses antes del cobro o dos meses después. Lo normal es que nuestro banco nos haga la retención en el momento del pago del dividendo. Esto lo debemos regularizar en la declaración de la renta para que nos devuelvan la parte a mayores que nos han retenido.

    -¿Cómo?

    Si, hay muchos inversores de largo plazo que desconocen esto. Por partes:

    -¿Quién tiene derecho al cobro del dividendo?

    Todo el que tenga compradas las acciones el día antes del reparto de acciones.

    Si el lunes 7 de mayo Telefónica reparten dividendo tu debes mantener las acciones al cierre de la sesión anterior, es decir, el viernes 4. Puedes haberlas comprado el mismo viernes 4 en el último cambio
    Telefónica el 7 de mayo de 2012 repartirá 83 céntimos. La jugada será la siguiente:
    Tu banco te ingresará el dividendo neto que te corresponda. (Ver ejemplo más adelante)
    Si Telefónica cierra el día 4 en 11.83€. El lunes 7 abrirá en 11.00€. Es decir, que si el lunes 7 cierra en 11.11€ habrá cerrado con una subida del 1%

    -¿Quién puede de-grabarse los 1.500 primeros euros en dividendos?

    Todo el que tenga las acciones dos meses antes o dos meses después. No dos meses en total, dos meses antes o dos meses después:

    Si compro las acciones de Telefónica el 3 de marzo las estoy comprando 2 meses antes del dividendo. El día 7, según cobro el dividendo, podría vender las acciones y tendría derecho a la exención fiscal de los primeros 1.500€
    Si compro las acciones el 4 de mayo y las vendo el 10 de agosto también valdría.
    Si compro las acciones el 20 de marzo las estoy comprando con menos de dos meses. Para que los primeros 1.500 estuvieran exentos tendría que venderlas 2 meses después del 7 de mayo. Es decir el 9 de julio.

    -Tengo acciones con una antigüedad superior a dos meses, ¿cómo queda fiscalmente lo de los dividendos? ¿Y dónde tengo que ponerlo en el programa PADRE?

    Tienes 2.000 acciones de Telefónica con una antigüedad de años y en 2011 te dan 1,50€ por cada una en concepto de dividendo. Ingreso bruto 3.000 €.
    Tu banco te hace un ingreso de 3.000×79% (te retienen el 21%)=2.370€. 630€ por tanto son impuestos
    Si en la declaración de la renta no dices nada así se queda
    En la declaración de la renta lo que debes decir es que te ingresaron 3.000 brutos y te retuvieron 630€ y quedaría de la siguiente forma:
    1.500€ exentos
    Los siguientes 1.500€ al 21%, es decir 315€ impuestos y 1.185€ limpios
    Resultado final 1.500+1.185=2.685€
    En el programa PADRE en la ventana de la casilla 024 eliges la opción 1 y de forma automática se rellena la casilla 743.
    Una vez hecha la declaración, en concepto de dividendos, te deben devolver 315€

  3. Yo creo que el problema es que nadie ha pagado la retencíon de ese dividendo hasta el año que viene lo pague Ebro Food y yo no se donde poner ese dividendo en la declaracion.

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