BLOGRENTA
  • INICIO
  • RENTA
    • Renta 2019
    • Renta 2018
    • Renta 2017
    • Renta 2016
    • Renta 2015
    • Renta 2014
    • Renta 2013
    • Renta 2012
    • Renta 2011
    • Renta 2010
    • Renta 2009
  • AEAT.ES
    • CITA PREVIA
    • DATOS FISCALES
    • BORRADOR
  • CONTACTAR
Sin resultados
Ver todos los resultados
BLOGRENTA
  • INICIO
  • RENTA
    • Renta 2019
    • Renta 2018
    • Renta 2017
    • Renta 2016
    • Renta 2015
    • Renta 2014
    • Renta 2013
    • Renta 2012
    • Renta 2011
    • Renta 2010
    • Renta 2009
  • AEAT.ES
    • CITA PREVIA
    • DATOS FISCALES
    • BORRADOR
  • CONTACTAR
Sin resultados
Ver todos los resultados
BLOGRENTA
Sin resultados
Ver todos los resultados
Home Renta 2009

Coordinación del método de estimación objetiva con el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto General Indirecto Canario.

por Paulino Aguilera
20 de junio de 2011
en Renta 2009
0

La Agencia Tributaria a través de la Ley del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas) nos explica la Coordinación del método de estimación objetiva con el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto General  Indirecto Canario (IGIC), para efectuar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Coordinación del método de estimación objetiva con el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto General Indirecto Canario :

La renuncia al régimen especial simplificado o al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) supondrá la renuncia al método de estimación objetiva por todas las actividades económicas ejercidas por el contribuyente.

La exclusión del régimen especial simplificado en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) supondrá la exclusión del método de estimación objetiva por todas las actividades económicas ejercidas por el contribuyente.

La renuncia al régimen especial simplificado o al régimen especial de la agricultura y ganadería del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) supondrá la renuncia al método de estimación objetiva por todas las actividades económicas ejercidas por el contribuyente.

La exclusión del régimen especial simplificado del Impuesto General Indirecto Canario(IGIC) supondrá la exclusión del método de estimación objetiva por todas las actividades económicas ejercidas por el contribuyente.

Enlace | Coordinación del método de estimación objetiva con el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto General Indirecto Canario

Anterior

Incompatibilidad de la estimación objetiva con la estimación directa.

Siguiente

Transmisiones a título oneroso

Artículos Relacionados

Modelo 200 del Impuesto de Sociedades

por Paulino Aguilera
31 de agosto de 2016
0

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone de forma breve el Modelo 200 del Impuesto de Sociedades. Modelo 200 del...

Entidades sin Fines Lucrativos en el Impuesto de Sociedades

por Paulino Aguilera
10 de agosto de 2016
0

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone de forma breve las Entidades sin Fines Lucrativos en el Impuesto de Sociedades....

Desgravaciones fiscales para la Comunidad Valenciana

por Paulino Aguilera
26 de abril de 2016
0

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone de forma breve las Desgravaciones fiscales para la Comunidad Valenciana. Desgravaciones fiscales para...

Siguiente

Transmisiones a título oneroso

Separación de socios o disolución de sociedades

Participaciones societarias adquiridas antes del 31-12-1994.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Facebook

Facebook

Twitter

Tweets por el @renovarpapeles.
BLOGRENTA

© 2009-2020. Blogrenta es un weblog sobre novedades, dudas y consejos para realizar la declaración de Renta. Información sobre Cita Previa Hacienda. Confirmar Borrador de Renta.

Contacta

  • Publicidad
  • Aviso Legal
  • Contactar

Síguenos

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • INICIO
  • RENTA
    • Renta 2019
    • Renta 2018
    • Renta 2017
    • Renta 2016
    • Renta 2015
    • Renta 2014
    • Renta 2013
    • Renta 2012
    • Renta 2011
    • Renta 2010
    • Renta 2009
  • AEAT.ES
    • CITA PREVIA
    • DATOS FISCALES
    • BORRADOR
  • CONTACTAR

© 2009-2020. Blogrenta es un weblog sobre novedades, dudas y consejos para realizar la declaración de Renta. Información sobre Cita Previa Hacienda. Confirmar Borrador de Renta.

Las cookies de este sitio web se usan para personalizar el contenido y los anuncios ACEPTAR Leer más
Privacy & Cookies Policy

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these cookies, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may have an effect on your browsing experience.
Necesarias
Siempre activado

Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.

No necesarias

Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.