Canarias : Oficina móvil campaña renta 2012

La Administración Tributaria Canaria, en colaboración con el Ayuntamiento de Teror, desplazará a Teror a finales de mayo un servicio itinerante de ayuda al contribuyente para la campaña de Renta 2012, con el fin de facilitar a los ciudadanos el asesoramiento, tramitación y presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Canarias : oficina móvil Campaña renta 2012

La Administración Tributaria Canaria, en colaboración con el Ayuntamiento de Teror, desplazará a Teror a finales de mayo un servicio itinerante de ayuda al contribuyente para la campaña de Renta 2012, con el fin de facilitar a los ciudadanos el asesoramiento, tramitación y presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Las personas interesadas deberán inscribirse de forma previa y, posteriormente, en función de la demanda recibida, la Agencia Tributaria confirmará la cita.

Para realizar la inscripción, los contribuyentes deberán dirigirse a la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de Teror (Plaza del Muro Nuevo, nº 2), o llamando al teléfono 928630075/76 (extensión 01604) en horario de 09:00 a 14:00 horas, y dejar sus datos personales (nombre, apellidos y NIF del contribuyente, así como nombre, apellidos y NIF del cónyuge, en su caso, número de teléfono y debe comunicar si le interesa en horario de mañana o de tarde, de 9 a 14 h., o de 15,30 a 18,30 h).

Este año, la Administración Tributaria Canaria ha querido reforzar la labor de asesoramiento a los contribuyentes mediante la implantación de este servicio itinerante que llega a los municipios pequeños o más alejados de las 15 oficinas fijas  de las que dispone. Teror ha sido uno de los primeros municipios de la isla en responder a la colaboración para que se preste este servicio gratuito.

QUÉ SERVICIOS PRESTA Y CUÁLES NO LA OFICINA MÓVIL DE LA RENTA 2012
El servicio móvil de la Agencia Tributaria Canaria en Teror facilitará con carácter preferente la modificación y, en su caso, posterior confirmación de los borradores; y la confección de las declaraciones de la Renta 2012.

Sin embargo, quedan excluidos de este servicio de ayuda los contribuyentes que obtengan:
• Rendimientos de actividades empresariales en estimación directa.
• Rendimientos de actividades profesionales.
• Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de más de 3 transmisiones de bienes patrimoniales (ya sean inmuebles, acciones, etc).
• Rendimientos procedentes del arrendamiento de más de tres bienes inmuebles rústicos y urbanos.
• Regímenes especiales: Entidades en régimen de transparencia fiscal. Rentas positivas en régimen de transparencia fiscal internacional. Cesión de derechos de imagen. Rentas derivadas de la participación de determinadas instituciones de inversión colectiva constituidas en paraísos fiscales. Regularizaciones de “cuentas vivienda”.

I
NFORMACIÓN A APORTAR POR LOS CONTRIBUYENTES
Los contribuyentes que acudan al servicio deberán aportar la referencia del borrador o de los datos fiscales proporcionada por la Agencia Tributaria y contar con la siguiente documentación e información:

1. Si se acude a la cita en representación de otra persona deberá aportar autorización firmada y copia del dni de la persona que representa, incluso si se trata de familiares directos (cónyuge, descendientes, ascendientes…), según modelo anexo i.
2. Nº de cuenta corriente y justificante de titularidad de la cuenta corriente (recibo bancario reciente, o extracto reciente).
3. NIF titulares de la declaración.
4. NIF descendientes mayores de 14 años a 31-12-2011.
5. NIF ascendientes, en su caso
6. NIF arrendador, si quiere deducir por alquiler vivienda.
7. NIF promotor, si quiere deducir por construccion vivienda.
8. NIF excónyuge, si paga pensión compesatoria.
9. Datos relativos a vivienda habitual:

  •         Nº de referencia catastral
  •         Nº de préstamo hipotecario
  •         Fecha de compra de la vivienda

10. Otros datos adicionales: cuotas sindicales, cuotas colegio profesional, datos relativos a transmisiones de inmuebles o acciones, anualidades por alimentos a hijos, y cualquier otro que no conste en sus datos fiscales y deba reflejar en su declaración.
11. Declaración de la renta del año anterior

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