Autoliquidaciones Complementarias Anteriores a 2001

La Agencia tributaria Española (AEAT) permite realizar Autoliquidaciones Complementarias Anteriores a 2001.

Autoliquidaciones Anteriores a 2001 :

Las Autoliquidaciones complementarias del IRPF (Impuesto Renta de las Personas Físicas)  que correspondan a ejercicios anteriores a 2001 se presentarán en la misma moneda que la utilizada en las autoliquidaciones originarias, es decir, en pesetas. Con el fin de efectuar el ingreso correspondiente, deberá utilizarse el documento de ingreso, modelo 777, en el que se consignará el importe a ingresar en euros y su equivalencia en pesetas.

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