Rentas con Derecho a Solicitud de borrador

La Agencia tributaria nos explica que Rentas nos proporcionan el Derecho a Solicitar el Borrador de la Declaración de la Renta, para realizar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Rentas con Derecho a Solicitud de borrador :

Los contribuyentes podrán solicitar que la Administración tributaria les remita, a efectos meramente informativos, un borrador de declaración, sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo
97 de esta Ley, siempre que obtengan rentas procedentes
exclusivamente de las siguientes fuentes:
a) Rendimientos del trabajo.
b) Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención
o ingreso a cuenta, así como los derivados de letras del Tesoro.
c) Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan,
como máximo, de dos inmuebles.
d) Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso
a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

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