Hijos O Descendientes Solteros Menores de 25 Años O Discapacitados que Conviven con el Contribuyente

En España, la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) contempla una serie de situaciones especiales para el tratamiento fiscal de hijos o descendientes solteros menores de 25 años o con discapacidad que conviven con el contribuyente. En estos casos, se aplican deducciones y beneficios fiscales que tienen como objetivo aliviar la carga impositiva de los contribuyentes que tienen a su cargo a estos familiares.

Además, existen deducciones específicas para hijos o descendientes con discapacidad que conviven con el contribuyente, las cuales varían dependiendo del grado de discapacidad. En el caso de hijos o descendientes con discapacidad igual o superior al 33%, la ley prevé una deducción de 1.200 euros anuales en la declaración de IRPF. Si la discapacidad es igual o superior al 65%, la deducción se eleva a 2.400 euros anuales.


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