Pagos Fraccionados en el Impuesto de Sociedades

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone brevemente los Pagos Fraccionados en el Impuesto de Sociedades.

Pagos Fraccionados en el Impuesto de Sociedades

Los Pagos fraccionados en el Impuesto de Sociedades se llevan a cabo en los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre.
El modelo a presentar por cada pago fraccionado es el modelo 202.
Existen dos sistemas para determinar el importe de los pagos fraccionados:

  • Aplicar el 18% a la cuota del último periodo impositivo vencido el día que comience el plazo para realizar el pago fraccionado, minorada dicha cuota por las deducciones y bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta correspondientes.
  • Aplicar sobra la base imponible del período de los 3,9 y 11 primeros meses de cada año natural, el porcentaje que resulte de multiplicar por 5/7 el tipo de gravamen redondeado por defecto.
    En caso de entidades sujetas al tipo general, será el 21% para los periodos iniciados a partir del 1 de Enero de 2008. Esta modalidad será obligatoria para las empresas que hayan superado la cantidad de 6.010,21 € de cifra de negocios del ejercicio anterior.
Si se elige la segunda opción tendrá que comunicarse mediante declaración censal durante el mes de febrero del año natural en que surta efectos.

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