Otros gastos fiscalmente deducibles (excepto provisiones)

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica los Otros gastos fiscalmente deducibles (excepto provisiones) , a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra la Declaración de la Renta 2011.

Otros gastos fiscalmente deducibles (excepto provisiones) :

Podrán deducirse dentro de este concepto los demás gastos que, teniendo el carácter de fiscalmente deducibles, no figuren expresamente recogidos en las anteriores rúbricas. A título de ejemplo, pueden citarse, entre otros, los siguientes, siempre que exista una adecuada correlación con los ingresos de la actividad.
a) Adquisición de libros, suscripción a revistas profesionales y adquisición de instrumentos
no amortizables, siempre que tengan relación directa con la actividad.
b) Gastos de asistencia a cursos, conferencias, congresos, etc., relacionados con la actividad.
c) Cuotas satisfechas por el empresario o profesional a corporaciones, cámaras y asociaciones
empresariales legalmente constituidas.
d) Primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente
a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan
con él. El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas
anteriormente (Art. 30.2.5ª Ley IRPF).

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