Operaciones Vinculadas:Operaciones entre Entidad y Socios o Partícipes

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone de forma breve las Operaciones Vinculadas:Operaciones entre Entidad y Socios o Partícipes.

Operaciones Vinculadas:Operaciones entre Entidad y Socios o Partícipes

Se producen Operaciones entre Entidad y Socios o Partícipes en los siguientes supuestos :

  • Operaciones entre una entidad y sus socios o partícipes.
  • Operaciones entre una entidad y sus consejeros o administradores.
  • Operaciones entre una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios partícipes, consejeros o administradores. Para estos casos, en los que la vinculación viene establecida por la relación socio o partícipe-entidad, será necesario que la participación sea igual o superior al 5% cuando los valores no coticen en mercados regulados o de un 1% cuando sí lo hagan.

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