Operaciones Vinculadas : Operaciones entre Entidades de un Mismo Grupo

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone de forma breve las Operaciones Vinculadas : Operaciones entre Entidades de un Mismo Grupo.

Operaciones Vinculadas : Operaciones entre Entidades de un Mismo Grupo

Las operaciones vinculadas que se producen por operaciones entre entidades de un mismo grupo son las siguientes :

 

  • Dos entidades que reúnan las circunstancias requeridas para formar parte de un mismo grupo.
  • Una entidad y los socios o partícipes de otra entidad, cuando ambas entidades pertenezcan al mismo grupo.
  • Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad, cuando ambas pertenezcan al mismo grupo.
  • Una entidad y los cónyuges o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado de los socios o partícipes de otra entidad cuando ambas sociedades pertenezcan al mismo grupo

 

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