Imputación Temporal de Rendimientos

La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos explica que Contribuyentes deben realizar la Imputación Temporal de Rendimientos.

Imputación Temporal de Rendimientos :

Deben someterse a la Imputación Temporal de Rendimientos, los contribuyentes que cumplan las siguientes circunstancias :

-Desarrollar actividades económicas sujetas a rentas provenientes del Impuesto sobre Sociedades.

-Desarrollar actividades económicas que obliguen al registro de sus obligaciones contables y podrán optar por el criterio de cobros
y pagos para imputar temporalmente los ingresos y gastos de todas sus actividades económicas.

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