Excepciones a los Rendimientos del Trabajo en Especie

La Agencia Tributaria nos explica las Excepciones a los Rendimientos del Trabajo en Especie para efectuar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Excepciones a los Rendimientos del Trabajo en Especie :

Los siguiente supuestos no constituyen rendimientos del trabajo en Especie :

a) Entrega a los trabajadores en activo, de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, de acciones o participaciones de la propia empresa o de otras de grupo de sociedades, en la parte que no exceda, para el conjunto de las entregadas a cada trabajador, de 12.000 euros anuales.

b) Gastos de estudio para la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado.

c) Entregas a empleados de productos a precios rebajados que se realicen en comedores de empresa, cantinas o economatos de carácter social.

d) Utilización de los bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado.

e) Gastos por primas o cuotas de seguros de accidente laboral o de responsabilidad civil del trabajador.

f) Gastos por seguros de enfermedad.

g) Prestación de determinados servicios de educación a los hijos de los empleados de centros educativos autorizados.

h) Cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte
colectivo de viajeros para favorecer el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador.

i) Préstamos concertados con anterioridad a 1 de enero de 1992. No tienen la consideración de retribuciones en especie, los préstamos con tipo de interés inferior al legal del dinero concertados con anterioridad a 1 de enero de 1992, siempre que el principal hubiese sido puesto a disposición del prestatario con anterioridad a dicha fecha.

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