Errores en las Casillas del borrador

Al recibir el borrador de la Declaración de la Renta, suelen haber Errores en las Casillas del borrador y es necesario revisarlo para no cometer infracciones aunque venga de la Agencia Tributaria.

Errores en las Casillas del borrador

Los errores más típicos en el borrador enviado por la Agencia Tributaria se suelen dar en los siguientes conceptos :

  • Deducción por alquiler de vivienda habitual: Los contribuyentes podrán deducirse desde el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Los arrendadores podrán reducir hasta el 100% cuando alquilen una casa a menores de 30 años. Las deducciones por comunidades son compatibles con la estatal.
  • Compra de vivienda habitual: Último año en que se mantiene la deducción del 15% con un máximo de 9.040 euros.Muchas comunidades también permiten la desgravación por compra de inmueble, en numerosos casos, para jóvenes menores de 35 años.
  • Rehabilitación de vivienda: Siempre y cuando se trata de obras que supongan un ahorro energético o bien mejoren la higiene y salud del medio ambiente con un límite en la base imponible inferior a 53.007,20 euros anuales.
  • Planes de pensiones: Pueden suponer un ahorro de entre un 24,75% y un 52% de la inversión realizada. El límite que se puede aportar es de 10.000 euros y hasta 12.500 euros cuando se tienen más de 50 años.
  • Colegios profesionales: Las cuotas satisfechas serán deducibles con un límite de 500 euros anuales. Solo se tendrá en cuenta cuando la colegiación sea de carácter obligatorio.
  • Deducciones por maternidad: Las madres trabajadores pueden deducirse hasta 1.200 euros por cada hijo nacido hasta los tres años. Para evitar errores a la hora de hacer la declaración, las madres pueden optar por pedir de forma anticipada el cobro de 100 euros mensuales a través del modelo 140 de la Agencia Tributaria.
  • Por nacimiento o adopción de hijo: Algunas comunidades ofrecen la posibilidad de descuentos que varían en función del número de hijos y de si se trata de familia monoparental o numerosa.
  • Cuenta ahorro-empresa: Es posible deducir el 15% de lo aportado con un límite de 9.000 euros. Cada contribuyente sólo podrá mantener una cuenta ahorro-empresa.
  • Ascendientes que convivan con el contribuyente: Han de tener 65 años o más o tener acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%. No podrán haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros..
  • Gastos de defensa jurídica: Pueden aplicarse solo cuando se deriven de litigios en contribuyente con entidad de la que percibe los rendimientos del trabajo y con un límite de 300 euros anuales.

Nota Importante : Si ya se ha  confirmado el borrador también hay marcha atrás. El contribuyente podrá reclamar a Hacienda la rectificación de su autoliquidación con un plazo de cuatro años. Los errores tendrán que ser acreditados y justificados.

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