Determinación del importe de la renta imputable

La Agencia Tributaria nos explica el procedimiento para la Determinación del importe de la renta imputable, para realizar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Determinación del importe de la renta imputable :

La determinación de la renta imputable que corresponda a cada uno de los inmuebles urbanos generadores de dichas rentas en los términos comentados en el apartado anterior, se realiza
mediante la aplicación de los siguientes porcentajes:
– El 2 por 100, con carácter general. Dicho porcentaje debe aplicarse sobre el valor catastral del inmueble que figure en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Urbana) correspondiente al ejercicio 2010.
– El 1,1 por 100 en los siguientes supuestos:
a) Inmuebles cuyos valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral y hayan entrado en vigor a partir de 1 de enero de 1994.
b) Inmuebles que, a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre),carecieran de valor catastral o éste no haya sido notificado al titular.

El porcentaje del 1,1 por 100 se aplicará sobre el 50 por 100 del valor por el que los mismosdeban computarse a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de este impuesto, dicho valor será el mayor de los dos siguientes:
-El precio, contraprestación o valor de adquisición del inmueble.
-El valor del inmueble comprobado por la Administración a efectos de otros tributos.

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