Deducción por maternidad

La Agencia Tributaria a través de la ley del IRPF (Impuesto sobre las Personas Físicas) nos explica la Deducción por maternidad para efectuar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Deducción por maternidad :

La Deducción por maternidad minora la cuota diferencial del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y puede ser aplicado a las siguientes personas :

a) Las mujeres con hijos menores de tres años en las que concurran las siguientes circunstancias:
-Que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendientes por los hijos a quese refiere esta deducción.
-Que realicen una actividad por cuenta propia o ajena.
-Que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

b) El padre o tutor, en caso de fallecimiento de la madre o cuando ostente la guarda o custodia de forma exclusiva y cumpla los requisitos comentados en la letra a) anterior.

Hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción :

a) Los hijos por naturaleza, desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a aquél en que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
b) Los hijos adoptados y los menores vinculados al contribuyente por razón de tutela o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente.

Importe y límite de la deducción :

El importe de la deducción por maternidad correspondiente a cada hijo que otorgue derecho a la misma es de 100 euros por cada mes del período impositivo en que concurran de forma simultánea los requisitos anteriormente comentados.

El importe de la deducción por maternidad por cada hijo que otorgue derecho a la misma no podrá superar ninguna de las dos cantidades que a continuación se señalan:
a) 1.200,00 euros anuales.
b) El importe de las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y Mutualidades devengadas en cada período impositivo posterior al nacimiento, adopción o acogimiento.


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