Declaración de la Renta 2014 : Deducción por arrendamiento de vivienda vinculado a determinadas operaciones de dacción en pago

En la declaración de la Renta es muy importante el tema de la dacción de pago, es por ello que hoy hablamos de la Declaración de la Renta 2014 : Deducción por arrendamiento de vivienda vinculado a determinadas operaciones de dacción en pago.

Declaración de la Renta 2014 : Deducción por arrendamiento de vivienda vinculado a determinadas operaciones de dacción en pago

Cuantía y base máxima de la deducción
El 10 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio correspondiente, por el arrendamiento de la vivienda habitual, con
una base máxima de inversión de 4.800 euros anuales.
Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción
l La deducción solo será aplicable en el caso de la adjudicación de la vivienda habitual en pago de la totalidad de la deuda pendiente
del préstamo o crédito garantizados mediante hipoteca de la citada vivienda y siempre que, además, se formalice entre las
partes un contrato de arrendamiento con opción de compra de la misma vivienda.
l Que la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro , casillas 430 y 45 de la página 12 de la declaración
no supere las siguientes cuantías:
– 15.000 euros en tributación individual.
– 25.000 euros en tributación conjunta.
El Que se haya formalizado el depósito de la fianza correspondiente al arrendamiento ante el órgano competente en materia de vivienda de laComunidad Autónoma de Aragón,dentro del plazo establecido por la Ley 10/1992, de 4 de noviembre, de fianza en
los arrendamientos urbanos y en determinados contratos de suministro, o norma vigente en cada momento.
El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa estatal vigente a 31 de diciembre de 2012 para la deducción por inversión en vivienda habitual.
nota Importante: los contribuyentes con derecho a la deducción deberán hacer constar el NIF del arrendador de la vivienda en la casilla 768 o, en su caso, si éste no tiene NIF y no reside en España, consignarán el número de identificación que tenga asignado el
arrendador en su país de residencia en la casilla 770 del Anexo B

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