Criterios de afectación de bienes y derechos al ejercicio de una actividad económica

La Agencia Tributaria nos explica los Criterios de afectación
de bienes y derechos al ejercicio de una actividad económica,
para efectuar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Criterios de afectaciónde bienes y derechos al ejercicio de una actividad económica :

1º Son bienes y derechos afectos a una actividad económica los necesarios para la obtención de los rendimientos empresariales o profesionales.

2º Los elementos afectos han de utilizarse sólo para los fines de la actividad.

3º La utilización necesaria y exclusiva para los fines de la actividad de un bien divisible puede recaer únicamente sobre una determinada parte del mismo (afectación parcial) y no necesariamente sobre su totalidad.

4º No se entienden afectados aquellos elementos patrimoniales que, siendo de la titularidad
del contribuyente, no figuren en la contabilidad o registros oficiales de la actividad económica (libro registro de bienes de inversión) que esté obligado a llevar el contribuyente, salvo prueba en contrario.
5º En caso de matrimonio, la afectación de un elemento patrimonial está condicionada a que su titularidad sea privativa del cónyuge que ejerce la actividad, o bien, que sea ganancial o común a ambos cónyuges.

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